Directorio y Aliados de la Alianza

ARQUIDIÓCESIS DE SAN JUAN INSTA A PÁRROCOS A ACOGER A FAMILIAS CON HIJOS CON AUTISMO



COMUNICADO DE PRENSA 
29 de junio de 2016

ARQUIDIÓCESIS DE SAN JUAN INSTA A PÁRROCOS A ACOGER A FAMILIAS CON HIJOS CON AUTISMO

La Alianza de Autismo de PR (AAPR) se place en anunciar las directrices dadas por el Arzobispo de San Juan, Roberto González Nieves, a las parroquias de la Arquidiócesis de San Juan en relación a las familias con hijos con autismo.

A finales del mes pasado reclamamos públicamente el trato discriminatorio que sufrió un joven con autismo llamado Adrián cuando el Padre Ricardo Hernández no permitió que éste hiciera su Primera Comunión, luego de su preparación, argumentando que “no le veía conexión con Dios”. 

En respuesta a nuestro reclamo de celebrar una reunión con el Arzobispo para de alguna manera mitigar el daño provocado en esta familia y que de una vez y por todas, la Iglesia Católica desarrolle un plan para darle la oportunidad de participar de los sacramentos a las personas con discapacidades, incluyendo autismo, el Arzobispo nos citó a una reunión el pasado 22 de junio. En ésta reunión estuvieron además presentes el Padre Ricardo Hernández, la Sra. Bessie Ann Martínez (madre de Adrián), Eugenia Santos (abuela de Adrián), la Lcda. María del Carmen Figueroa de la Comisión de Derechos Civiles y representando a la Alianza de Autismo de PR, la Profa. Melisa Rosario y Joyce M. Dávila, vice-presidenta y directora, respectivamente.

En la reunión se discutió con el Arzobispo el deseo de las familias de participar dentro de las comunidades parroquiales, pero que se sienten marginadas ya que muchas veces los niños y adultos con autismo no son acogidos por éstas. Destacamos el deseo de las familias de que sus hijas e hijos con autismo puedan recibir los Sacramentos. Además, el Padre Hernández se excusó por el trato y el dolor causado a Adrián y su familia.

El Arzobispo Roberto González Nieves decidió “que los padres y madres de los niños con autismo, quienes son sus primeros maestros y maestras en la fé, sean los catequistas en sus hogares y que, cuando entiendan que sus hijos e hijas estén preparados para recibir los Sacramentos (sea Primera Confesión, Primera Comunión y Confirmación), los presenten a sus respectivas parroquias para que puedan recibir los mismos. En caso de que haya parroquias que cuentan con cursos de catequesis que puedan preparar a niños y niñas con autismo, al terminar los mismos, sean los mismos padres y madres quienes evalúen y decidan si su hija o hijo están debidamente preparados para recibir los Sacramentos.”

Además, le pide a los Párrocos que “se designe una de las Misas Dominicales para acoger a niños y niñas con necesidades especiales, para cuando los padres y madres los lleven a la Misa no se sientan incómodos por las situaciones que se puedan suscitar durante la celebración, ya que los padres y madres no tienen control absoluto sobre el comportamiento de estos niños y niñas, de manera que las personas presentes en la celebración tienen conocimiento previo de que ciertas circunstancias relacionadas a esta población se pueden presentar y no se sientan extraños, incómodos o puedan distraerse a causa de sus comportamientos.”

Joyce M. Dávila, directora de la Alianza de Autismo de PR, indicó “nos sentimos complacidos con las directrices del Arzobispo de San Juan, e invitamos a las otras Diócesis de la Isla a que también se acojan a éstas directrices dirigidas a, como indica el Sumo Pontífice, el Papa Francisco, “acabar con el aislamiento y el estigma que sufren las personas que viven con el trastorno de espectro autista y sus familiares”.  Esperamos también que nuestra gestión sirva para que las familias de niños con otras discapacidades tengan más oportunidad de participación en la Iglesia Católica. Agradecemos a Bessie Ann, madre de Adrián, y a su familia el que nos hayan permitido llevar su caso a la luz pública y llamar la atención a una situación que afecta a muchos. Agradecemos también al Arzobispo de San Juan, Roberto González Nieves, por su apertura y sensibilidad.”

“La Alianza de Autismo no va a descansar hasta llevar el mensaje de aceptación e inclusión de las personas con autismo a todas las esferas sociales, el gobierno, la iglesia y toda la comunidad de Puerto Rico” finalizó diciendo la vice-presidenta, Melisa Rosario.

Para más información sobre autismo, acceda a www.alianzaautismo.org.

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CONTACTOS:
Alianza de Autismo de Puerto Rico
Vice Presidenta - Melisa Rosario – 787-630-2461
Directora - Joyce M. Dávila - 787-647-2918  

Adjuntamos Circular Niños 






















Arz. Roberto González, Bessie Ann Martínez, Eugenia Santos



















Padre Ricardo Hernández, Melisa Rosario, Javier Cintrón Rosario, Arz. Roberto González, Joyce Dávila y Verónica Duchesne Dávila

NO AL P DE LA C 2502, NO A LA VACUNACIÓN ONE-SIZE-FITS-ALL


25 de junio de 2016

Honorables Senadores y Comisiones de Salud y Educación
Senado de PR

RE: NO AL P DE LA C 2502 LEY DE VACUNACIÓN

Honorables Senadores:

A continuación la posición de la Alianza de Autismo de PR sobre el proyecto de referencia en representación de toda la población tocada por el autismo en PR.

LA VACUNACIÓN Y LOS DERECHOS DEL CIUDADANO

Todos tendrán en su mente el sagrado principio de que, si bien ha de prevalecer en todos los casos la voluntad de la mayoría, esa voluntad ha de ser razonable para ser legítima; y que la minoría posee sus derechos iguales, que leyes iguales deben proteger, y que violar esto sería opresión [...]. Thomas Jefferson

Estatus ley de vacunación en Puerto Rico

Ley de Inmunización actual

La Ley 25 del 25 de septiembre de 1983 (Ley de Inmunización a Niños Pre-escolares y Estudiantes) es la ley vigente actualmente. En ésta es obligatorio estar vacunado para que un niño pueda asistir a un cuido, escuela, colegio o universidad. Sólo existe la exención por razones médicas y por razones religiosas. Para la exención por razones religiosas exigen que un ministro de la iglesia co-firme un affidavit indicando bajo juramento que las creencias del padre usadas para no vacunar son cónsonas con las de la iglesia del representante religioso. En relación a la exención médica, muchas veces, el Departamento de Salud pide que el padre haga un affidavit en adición a la exención médica. Son muy pocos los médicos que otorgan el certificado de exención médica a sus pacientes, inclusive aquellos que vieron reacciones adversas en el paciente. Algunos entienden que pueden perder su licencia si otorgan exenciones a múltiples pacientes. Aquellos que siguen su conciencia y el precepto de No hacer daño son señalados y criticados por las agrupaciones médicas y el Departamento de Salud. En caso de epidemia, funcionarios del Departamento de Salud, u otros designados, pueden vacunar a los niños sin consentimiento de los padres.


P. de la C. 2502

El año pasado el Departamento de Salud y la Representante Lydia Méndez sometieron el Proyecto de la Cámara 2502 a la consideración de la Cámara y éste fue aprobado sin hacer vistas públicas. Este año experimentamos nuevamente la misma situación de que el proyecto baja a votación sin Vistas Públicas y sin discutirse en el pleno del Senado.  El P. de la C. 2502 deroga la Ley de Inmunización y crea una nueva Ley de Vacunación (texto aprobado por la Cámara de Representantes en: http://www.tucamarapr.org/dnncamara/Documents/Measures/3dc07291-2734-438c-884f-28461ca668c3.pdf) que hace mandatoria la vacunación aún para los "homeschoolers" si quieren que sus estudios sean certificados. EN NINGUNA PARTE DE ÉSTE PROYECTO SE HABLA DEL RIESGO DE LA VACUNACIÓN PARA CIERTOS SUB-GRUPOS. Más aún, indica que se podrá vacunar a los niños sin el consentimiento de los padres en caso de epidemia.

Propósito del P. de la C. 2502

Para establecer una nueva “Ley de Vacunación de Estudiantes”, con el fin de fortalecer la prevención de enfermedades a través de la vacunación en la población estudiantil, establecer un proceso ágil y efectivo para el registro en el Departamento de Salud de las vacunas administradas a los menores de edad y estudiantes del sistema público y privado entre las edades de 0 a 21 años; facultar al Departamento de Salud a adoptar e integrar procedimientos de registro electrónico para monitorear el cumplimiento de esta Ley; definir las organizaciones proveedoras de cubierta, acceso y servicio de vacunación, sus funciones, obligaciones y rendición de cuentas; establecer un desarrollo integral del estudiante protegiendo su integridad física para mantenerse saludable; fortalecer la educación salubrista y preventiva en nuestras escuelas; se deroga la Ley Núm. 25 de 25 de septiembre de 1983, y para otros fines.

Artículos Claves

Artículo 3.-Requisito de Certificado de Vacunación para admisión o matrícula.

A partir de la vigencia de esta Ley, ningún estudiante o menor de edad podrá ser
admitido o matriculado en una escuela, centro de cuidado diurno, centro de tratamiento
social o centros de administración de exámenes relacionados a estudios en el hogar, si no está debidamente vacunado.

Artículo 6.-Exenciones del Certificado de Vacunación para admisión o matrícula y exclusión de exenciones en el caso de epidemias.

No se requerirá el certificado de vacunación para admisión o matrícula de aquel estudiante o menor de edad que presente el formulario provisto por el Programa de Vacunación para solamente las siguientes exenciones, sin permitirse otras que no estén aquí enumeradas:
Una declaración jurada de que el estudiante, menor de edad o sus padres pertenecen a una organización religiosa cuyos dogmas conflijan con la vacunación. La declaración jurada deberá indicar el nombre de la religión o secta y deberá ser firmada por el estudiante, o sus padres, y por el ministro de la religión o secta. Las exenciones por razones religiosas serán nulas en cualquier caso de epidemia declarada por el Secretario de Salud. Una certificación firmada por un médico autorizado a ejercer la profesión en Puerto Rico a los efectos de que una (1) o más de las vacunas requeridas por el Secretario de Salud no deberían ser administradas debido a una condición médica específica del estudiante o menor de edad. El certificado deberá indicar la razón específica y la posible duración de las condiciones o circunstancias contraindicadas de la vacunación. Los estudiantes o menores de edad exentos de las disposiciones de esta Ley podrán ser vacunados durante una epidemia, según lo determine un representante autorizado del Departamento de Salud, con previa notificación a los padres o tutores, pero sin necesidad del consentimiento de los padres o tutores.

Artículo 7.-Incumplimiento y efectos sobre menores de edad y estudiantes.

El registrador o el director de la escuela, centro de cuidado diurno o el administrador de los exámenes relacionados a estudios en el hogar excluirá o no admitirá a aquel estudiante que no presente certificado de vacunación; no sea sujeto de matrícula provisional, según las disposiciones del Artículo 5 de esta Ley, o no esté exento de acuerdo con las disposiciones del Artículo 6 de esta Ley. Cualquier estudiante o menor de edad que pretenda asistir o asista a una escuela o centro de cuidado diurno sin haber cumplido con las disposiciones de esta Ley no será incluido en la asistencia diaria, ni recibirá ayuda estatal para cursar estudios en las escuelas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Artículo 9.-Incumplimiento y efectos por parte de padres, madres, tutores, estudiantes mayores de dieciocho (18) años de edad, profesionales de la salud y notarios públicos y penalidades por informaciones falsas.

Todo padre, madre o tutor de un estudiante o menor de dieciocho (18) años y los estudiantes mayores de dieciocho (18) años que no cumplan con las disposiciones de esta Ley, o que suministre información falsa al registrador o director de escuela, centro de cuidado diurno, o centro de tratamiento social, o administradores de exámenes relacionados a estudios en el hogar será sancionado con multa que no excederá de quinientos dólares ($500) por el Departamento de Salud....

La educación es un derecho establecido por la Constitución en PR

Es importante notar que la Constitución de PR indica que la educación es un derecho, a diferencia de EE.UU. donde la Constitución no lo indica como tal.  Al prohibir a un niño el asistir a clases por no vacunarse o faltarle vacunas, están violando su derecho constitucional a la educación.

"Sección 5. Instrucción pública.
Toda persona tiene derecho a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Habrá un sistema de instrucción pública el cual será libre y enteramente no sectario. La enseñanza será gratuita en la escuela primaria y secundaria y, hasta donde las facilidades del Estado lo permitan, se hará obligatoría para la escuela primaria. La asistencia obligatoria a las escuelas públicas primarias, hasta donde las facilidades del Estado lo permitan, según se dispone en la presente, no se interpretará como aplicable a aquellos que reciban instrucción primaria en escuelas establecidas bajo auspicios no gubernamentales....."    -Constitución del ELA de P.R.

El derecho a saber los riesgos de la vacunación es totalmente violado en la legislación actual y en la propuesta.  Es por eso que nos oponemos al P de la C 2502 y a cualquier proyecto que le quite la potestad a los padres de velar por la salud de sus hijos y que no tome en cuenta las particularidades de cada individuo. NO A LA VACUNACIÓN “ONE-SIZE-FITS-ALL”.

A continuación discutimos las bases del proceso de vacunación y preocupaciones generales.

El Principio del Consentimiento Informado

Una guía ética.

El principio de consentimiento informado ha guiado la práctica ética de la medicina moderna desde la mitad del siglo 20. Se ha incorporado a las leyes y reglamentos para la protección de sujetos humanos de investigación, productos farmacéuticos y etiquetado de los productos médicos y las directrices de atención médica de Estados Unidos. El consentimiento informado significa que un adulto o padre de un niño menor de edad debe:

            recibir información completa y exacta sobre los beneficios y riesgos de un    procedimiento médico o farmacéutico;
            tener la libertad de tomar una decisión voluntaria acerca de si tomar o no tomar el      riesgo;
            no haber sido objeto de acoso, coacción o sanciones por hacer una decisión informada          y voluntaria acerca de tomar un riesgo.

El respeto del principio de consentimiento informado es esencial cuando las intervenciones médicas asociadas con la política de salud pública, como las recomendaciones y requisitos para el uso de la vacuna del gobierno, ya que las vacunas pueden:

            aumentar los riesgos de lesión o muerte entre los individuos susceptibles debido a        diferencias genéticas, biológicas y ambientales que pueden o no pueden ser conocidas;
            no funcionar y no proveer los beneficios previstos.

"El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial. Esto significa que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar su consentimiento; deberán estar situadas como para ser capaz de ejercer su libertad de elección, sin la intervención de ningún elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción, o cualquier otra forma ulterior de restricción o coacción; y debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos del asunto en cuestión, para que pueda tomar una decisión informada."
- Código de Nuremberg (1946)


El Principio de precaución

En primer lugar, no hacer daño.

El principio de precaución se basa en utilizar el enfoque de "primero, no hacer daño" para desarrollar buenas políticas públicas. Se reconoce que los seres humanos son falibles y actúan de maneras que pueden, sin intención, causar daños graves, generalizados y medibles a las personas, la fauna y el medio ambiente. El principio de precaución reconoce que los daños se han producido o pueden tener lugar debido a que el impacto total de una política pública no puede ser conocida antes de su implementación debido a:
            • incertidumbre científica;
            • evaluación incompleta; y
            • comprensión limitada
de la gama de posibles efectos negativos sobre la salud humana o el medio ambiente.

El enfoque preventivo se centra en cuánto daño se puede evitar que la política o la ley haga, y no la cantidad de daño que es aceptable. El respeto del principio de precaución es especialmente importante cuando los médicos no pueden predecir de forma fiable antes de tiempo el que los individuos se verán perjudicados cuando una intervención médica, como la vacunación, se convierte en política de salud pública o ley.

Vacunas recomendadas por el gobierno federal y requeridas por el estatal
A diferencia de los medicamentos con receta administrados a los enfermos, las vacunas son productos farmacéuticos administrados principalmente para las personas sanas. Al igual que los medicamentos recetados, las vacunas llevan dos riesgos, y esos riesgos pueden ser mayores para unos que para otros: en primer lugar, las vacunas pueden causar lesiones o la muerte por complicaciones; y segundo, las vacunas pueden fallar enprevenir la infección y transmisión de la infección. En los EE.UU., las vacunas son:
            desarrolladas por agencias federales de salud y las compañías farmacéuticas privadas;
            fabricadas y vendidas por las compañías farmacéuticas privadas;
            licenciadas de la Administración de Alimentos y Drogas (FDA);
            recomendadas para uso universal por los Centros para el Control de Enfermedades        (CDC)             y las asociaciones profesionales de médicos, tales como la Academia Americana de           Pediatría (AAP) y la Asociación Médica Americana (AMA);
           obligatorias por las legislaturas estatales o funcionarios de salud del estado a través de la elaboración de normas;
requeridas como condición de empleo para los adultos por algunas empresas privadas o agencias estatales que operan hospitales, escuelas y otras instalaciones públicas;
·  requeridas para asistir a cuidos o escuelas; y
protegidas por el Congreso y el Tribunal Supremo de EE.UU. de la responsabilidad por productos de la farmacéutica manufacturera y responsabilidad del médico por demandas civiles cuando las vacunas causan la lesión o muerte de un individuo.

La Ley Nacional de Lesiones por Vacunas Infantiles de 1986

En 1986, el Congreso aprobó la Ley Nacional de Lesiones por Vacunas Infantiles en respuesta a las peticiones de la industria farmacéutica, la Academia Americana de Pediatría y otros grupos comerciales médicos por proteger a las compañías farmacéuticas y los médicos de demandas de responsabilidad civil de los productos y de negligencia por las lesiones y muertes causadas por las vacunas recomendadas por el gobierno federal y requeridas por mandato del estado. La ley, que reconoce que las vacunas pueden causar daño, creó un programa federal de indemnización por lesiones por vacunación.

$3 mil millones (¡¡¡$3 Billones!!!) en Compensación por Daños de Vacunas.

Para el 2013, casi $3 mil millones de dólares en compensación federal habían sido pagados a niños y adultos que han sido heridos o muertos por vacunas recomendadas por el gobierno federal y mandadas por el estatal vacunas, a pesar de que a dos de cada tres solicitantes se les niega la compensación federal.

Ignoran las disposiciones de seguridad de las vacunas.

La ley de 1986 incluye disposiciones para asegurar que informen de las vacunas y para la notificación de reacciones adversas. A pesar de que los médicos y los proveedores de la vacuna están protegidos de demandas por lesiones de vacunas, muchos no cumplen con las disposiciones de seguridad provistas por la ley de 1986. No hay sanciones legales para los pediatras y otros proveedores de vacunas que no cumplen con la ley federal y:

            no reportan problemas de salud graves tras la vacunación a los funcionarios federales de salud;
            no ofrecen información escrita sobre el riesgo/beneficio de las vacunas a los padres o   pacientes antes de administrar vacunas;
            no documentan los eventos adversos relacionados con la vacuna en el registro médico permanente.



La mayoría de las reacciones a la vacunación no se denuncian al Gobierno.

Se estima que sólo un 10 por ciento de todos los problemas de salud graves, hospitalizaciones, lesiones y las muertes que se producen después de vacunas administradas a los niños o adultos nunca se informaron al Sistema federal de Informar Eventos Adversos de Vacunas (VAERS). En lugar de informar a las agencias federales de salud responsables de monitorear la seguridad de las vacunas, la mayoría de los pediatras y los proveedores de vacunas o bien no están reportando en absoluto o envían las notificaciones de reacciones directamente a los fabricantes de vacunas.

El Tribunal Supremo de EE.UU. bloqueó las demandas por lesiones de vacunas.

En 2011, el Tribunal Supremo de EE.UU. dictaminó que las vacunas son "inevitablemente inseguras" y dieron a las compañías farmacéuticas que venden las vacunas en EE.UU. protección completa sobre la demandas de responsabilidad del producto cuando las vacunas autorizadas y recomendadas por el gobierno federal causan una lesión o la muerte.


Docenas de vacunas recomendadas y requeridas actualmente

Desde 1940, las agencias federales de salud y las organizaciones profesionales de médicos han recomendado a niños y adultos obtener múltiples dosis de muchas más vacunas para enfermedades infecciosas, tales como la varicela y la hepatitis B, que no causan tantas muertes o no son tan contagiosas en un lugar público como la viruela ("smallpox"). Los funcionarios de salud de los Estados toman las recomendaciones federales de vacunas y promueven la incorporación de vacunas recién aprobadas a los mandatos del estado para los niños.

23 dosis de 7 vacunas.

En 1983, para asistir a la escuela, el gobierno federal y estatal requería 23 dosis de vacunas (7 DPT, MMR y polio).

69 dosis de 16 vacunas.

Para el 2013, tan sólo 30 años después, el CDC y los grupos comerciales médicos recomiendan que los niños reciban 69 dosis de 16 vacunas a partir del día de nacimiento hasta los 18 años con 49 dosis de 14 vacunas que se administran antes de los seis años. La mayoría de los estados ahora requieren más de tres docenas de dosis de una docena de vacunas para que los niños asistan a la guardería o escuelas y la mayoría de los colegios también han añadido requisitos de vacunas para la inscripción.

Primera dosis el día del nacimiento.

Entre 25 y 35 dosis de vacunas se administran a los bebés a través de su primer año, con la primera dosis de la vacuna contra la hepatitis B (enfermedad de transmisión sexual), que se da a las 12 horas de nacido en la sala de recién nacidos. De 7 a 10 vacunas pueden administrarse en el mismo día, según el calendario recomendado por el gobierno.
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Vacunas múltiples o combinadas.

Algunas vacunas se agrupan, tales como DTaP, MMR, DTPa-VHB-IPV y otras inyecciones en "combo".

Itinerario de Vacunación Infantil del 2013 (nacimiento hasta los 18 años)

(3) hepatitis B
(6) difteria (Tdap / Td / DTaP/ DT)
(6) tétano (DTaP / Tdap / DT / Td)
(6) tos ferina (DTaP / Tdap)
(3) Haemophilus influenzae tipo b (Hib)
(3) rotavirus
(4) poliomielitis (IPV)
(4) neumococo (PCV)
(19) influenza
(2) varicela zoster (varicela)
(2) sarampión (MMR)
(2) paperas (MMR)
(2) rubéola (MMR)
(2) hepatitis A
(3) virus del papiloma humano (VPH)
(2) meningococo (MCV)

69 dosis totales de vacunas

























¡Y SIGUEN SUMANDO!

Recomendaciones y mandatos de vacunación para adultos.

Hoy en día, los funcionarios federales de salud recomiendan que los médicos les den  a los adultos muchas vacunas que no se administraban rutinariamente a los adultos en el pasado. Estas nuevas recomendaciones de vacunación de adultos se están convirtiendo en los mandatos legales que los adultos que trabajan en salud, cuidado de niños y otras profesiones están siendo sometidos como requisitos de vacunación como una condición de empleo.

Vacunas contra la influenza anuales durante toda la vida.

El CDC recomienda ahora que todos los estadounidenses reciban la vacuna del flu cada año a partir de los seis meses de edad. La recomendación de que todos los adultos saludables, incluidas las mujeres embarazadas en cualquier trimestre, reciben la vacuna anual contra la influenza se ha convertido en parte de las políticas del gobierno y de empleo de la empresa privada sin protecciones adecuadas de consentimiento informado. Los trabajadores de salud con excelentes historiales de asistencia al trabajo y rendimiento han sido despedidos por negarse a tomar una vacuna contra la influenza anual u otras vacunas por razones de salud, creencias religiosas o de conciencia.


Las tasas de vacunación son las más altas de todos los tiempos

Muchos países desarrollados de Europa y otros lugares promueven pero no obligan a las vacunas para los niños o adultos. EE.UU. recomienda y exige más vacunas que muchos otros países y, a nivel nacional, hay una tasa de vacunación muy alta entre los niños de preescolar, kinders y escuela secundaria de las vacunas recomendadas por el gobierno federal.

Alrededor del 95% de todos los niños que entran en kinder han recibido cuatro o más dosis de la vacuna contra la tos ferina (DTaP) y dos dosis de vacunas contra el sarampión (MMR).

Preescolar.

En 2012, el CDC informó que las tasas de vacunación entre los niños en edad preescolar 19 a 35 meses de edad "permanecieron estables o aumentaron en comparación con el año 2010 para todas las vacunas recomendadas." Y que "el porcentaje de niños que no habían recibido ninguna vacuna se mantuvo en menos de 1%".

Tasas de Cobertura Nacional Vacunación Pre-Escolares

(3) vacunas DTaP (95,5%)
(1) vacuna MMR (91,6%)
(3) vacunas contra la hepatitis B (91,1%)
(3) vacunas Hib (94%)
(3) vacunas neumocócicas (93,6%)
(3) vacunas contra la polio (93,9%)
(1) varicela zoster (90,8%)
(1) hepatitis (81,2%)
(2) rotavirus (67,3%)

Kindergarten.

Según el CDC, las tasas de vacunación entre los niños de preescolar para DTaP, MMR y vacunas contra la varicela "se mantuvieron altos y los niveles de exención se mantuvieron estables durante el año escolar 2012-13 en comparación con el año escolar 2011-12."

Tasas de Cobertura Nacional Vacunación Kindergarden

(4) o más vacunas DTaP (95,1%)
(2) MMR (94,5%)
(2) varicela zoster (93,8%)

Tasa de excepción de vacunas.

Sólo el 1.8% de todos los niños que entraron en el kindergarten en el año escolar 2012-2013 tuvieron una exención médica o por creencia religiosa o de conciencia, según los archivos de las escuelas. CDC aclaró que "una exención no implica necesariamente que un niño no fue vacunado" y más del 99% de los niños de kinder había recibido al menos una vacuna.

Escuela secundaria.

El CDC reportó altos índices de vacunación entre los niños de entre 13 y 17 años de edad durante el año 2012.

Tasas de Cobertura Nacional Vacunación Escuela Secundaria

(1) Tdap de refuerzo (84,6%)
(2) MMR (91,4%)
(3) hepatitis B (92,8%)
(1) o más de meningococo (74%)


Los costos crecientes de la vacunación

A medida que el número de vacunaciones que el gobierno federal recomienda y que exige el estado han aumentado durante las últimas tres décadas, ha habido un aumento correspondiente en los costos directos a los padres, las compañías de seguros de salud y el contribuyente estadounidense.

"El costo de la vacunación de un niño con todas las vacunas recomendadas por el gobierno federal en el consultorio de un pediatra privado aumentó de $80 por niño en 1982 a más de $2,300 por niño en 2013."

Más de 4.000 ensayos clínicos de vacunas están siendo financiadas o llevadas a cabo por las agencias federales de salud y compañías farmacéuticas, incluidas las pruebas de vacunas nuevas y potencialmente más costosas que se convertirán en candidatas para las recomendaciones federales y mandatos estatales de vacunación en el futuro.

Nuevas vacunas para enfermedades infecciosas y no infecciosas

Se están desarrollando nuevas vacunas para enfermedades infecciosas y no infecciosas, entre ellas: gonorrea; sífilis; clamidia; VIH / SIDA; herpes genital; RSV, citomegalovirus; hepatitis C; tuberculosis; e coli; norovirus; salmonela; malaria; botulismo; vírus del oeste del Nilo; asma; diabetes; obesidad; alta presión sanguínea; anti-cocaína y heroína; antitabaco y para la caries dental.

Vacunas manipuladas genéticamente.

La mayoría de estas nuevas vacunas están siendo diseñadas genéticamente utilizando células alteradas en el laboratorio de animales y de insectos y contendrán  varios ingredientes, incluyendo proteína no humana y materiales genéticos, químicos, y nuevos adyuvantes usando nanopartículas y otras tecnologías experimentales diseñados a la hiper-estimular el sistema inmunológico sistema. Las respuestas adversas individuales a estas nuevas vacunas pueden no ser plenamente conocidas hasta después de obtener la licencia y el uso generalizado. Actualmente se está culpando a éstas vacunas de promover el cáncer en las personas vacunadas con células alteradas de otras especies.


Complicaciones y efectos adversos 

Cada vacuna actualmente recomendada por los organismos de salud pública y las organizaciones profesionales médicas conlleva un riesgo de complicaciones que pueden ser mayores para algunos que otros y pueden conducir a daño crónico del cerebro y sistema inmunológico o la muerte. Entre 1991 y 2013, el Instituto de Medicina (IOM) de la Academia Nacional de Ciencias, creó comités de expertos para evaluar la ciencia y la seguridad de las vacunas, y publicaron una serie de informes sobre los efectos adversos de la vacuna.

Condiciones relacionadas causalmente con la vacunación:

• Encefalopatía aguda (inflamación del cerebro)
• Disfunción crónica del sistema nervioso (daño cerebral)
• Anafilaxis (reacción alérgica en todo el cuerpo)
• Convulsiones febriles
• Síndrome de Guillain Barré (inflamación de los nervios periféricos)
• Neuritis braquial (inflamación del nervio del brazo)
• Bursitis deltoides (inflamación en el hombro)
• Artritis aguda y crónica (inflamación de las articulaciones)
• Trombocitopenia (trastorno de la coagulación de la sangre)
• Síncope (pérdida súbita del conocimiento / desmayos)
• Episodios hipotónicos / hiporesponsivos (trauma y "estado similar al shock inusual")
• Llanto y gritos prolongados, inconsolable
• Infección con la cepa de la vacuna (viruela, poliomielitis, sarampión, vacunas contra la varicela zoster)
• Muerte (viruela, polio, vacunas contra el sarampión)


Itinerario de Vacunación Infantil: Se necesitan más estudios científicos que prueben su seguridad.

Un informe del 2013 publicado por el Instituto de Medicina (IOM), el Programa de Vacunación Infantil y Seguridad: Preocupaciones de los interesados, la evidencia científica y los estudios del futuro, examinaron pruebas científicas relacionadas con el calendario de vacunación infantil actual. El informe concluyó que el calendario de vacunación infantil recomendado por el gobierno federal desde el nacimiento hasta los seis años no ha sido evaluado científicamente en su totalidad.

"La mayoría de la investigación relacionada con las vacunas se centra en
los resultados de las vacunas individuales o combinaciones de vacunas administradas en una sola visita. Aunque cada nueva vacuna se evalúa en el contexto de la programación general de la inmunización que existía en el momento de la revisión de dicha vacuna, todos los elementos de la agenda no se evalúan una vez que se ajusta para dar cabida a una nueva vacuna. Por lo tanto, elementos clave de la programación completa - el número, frecuencia, tiempo, orden y edad a la administración de las vacunas - no han sido examinados sistemáticamente en estudios de investigación."
- Instituto de Medicina (2013)

Preguntas sin responder sobre las vacunas y las enfermedades crónicas.

El informe de 2013 del Instituto de Medicina también llegó a la conclusión de que no
suficiente evidencia científica para determinar si el calendario de vacunación infantil recomendada está o no asociado con el desarrollo de los siguientes trastornos del cerebro y del sistema inmunológico prevalentes entre los niños de hoy en día:

• Asma
• Atopia
• Alergia
• Autoinmunidad
• Autismo
• Trastornos del aprendizaje
• Trastornos de la comunicación
• Trastornos del desarrollo
• Discapacidad intelectual
• Trastorno por déficit de atención
• Trastorno de comportamiento perturbador
• Síndrome de Tourette y Tics
• Convulsiones
• Convulsiones febriles
• Epilepsia
Aumentos en Enfermedades Crónicas y Discapacidades

Durante las últimas cinco décadas, se ha producido un descenso significativo de casos notificados de muchas de las enfermedades infecciosas de la infancia para las  que han sido recomendadas y mandadas vacunas en EE.UU. Al mismo tiempo, se ha producido un aumento sin precedentes e inexplicable en el número de los niños que sufren de enfermedades crónicas, deficiencias del desarrollo y discapacidades como el autismo y déficit de atención, mientras que la tasa de mortalidad infantil de Estados Unidos se ha convertido en una de los peores entre las naciones desarrolladas.

Múltiples co-factores.

Las causas de la disminución de la salud infantil puede ser por una combinación de un componente de nutrición comprometida en madre y niño, aumento en la exposición a toxinas ambientales, estilos de vida sedentarios y otros co-factores. Hay muchas preguntas inquietantes acerca de por qué tantos bebés y niños en Estados Unidos mueren antes de cumplir un año o desarrollan problemas del sistema inmunológico y del cerebro que ponen en peligro su salud física, mental y emocional en la edad adulta.

Enfermedades crónicas son la causa más común de muerte y discapacidad.

El CDC indica que las enfermedades crónicas son las causas más comunes y costosas de muerte y discapacidad en los EE.UU. hoy en día. Casi uno de cada dos adultos está viviendo con al menos una enfermedad crónica y el porcentaje de niños y adolescentes con enfermedades crónicas aumentó del 1.8% en el 1960 a más de 7% en 2004.

Disfunción inmune y cerebral.

Desde principios de 1980, se ha producido un aumento dramático y sin explicación en los trastornos inflamatorios y del desarrollo neurológico en lactantes y niños, incluyendo autoinmunidad y alergias.

            Problemas de aprendizaje: En 1976, 1 de cada 30 niños tenía problemas de aprendizaje.            Hoy 1 de cada 6 niños tiene problemas de aprendizaje.

            Asma: En 1980, 1 niño de cada 27 tenían asma. Hoy 1 niño en 9 tiene asma.

            Autismo: En la década de 1990, 1 niño de cada 555 desarrollaba autismo.
            Hoy 1 de cada 66 niños desarrolla autismo en EE.UU. y 1 de cada 62 en PR         (estadísticas de PR son del 2011).

            Diabetes: En 2001, 1 niño en 500 tenía diabetes. Hoy 1 niño de cada 400 tiene diabetes.



Aumentos en enfermedades crónicas y discapacidades
Alta mortalidad infantil en EE.UU.

En el año 2011 en Estados Unidos, 6 de cada 1.000 niños nacidos vivos murieron antes de su primer cumpleaños. Un informe de 2013 sobre la mortalidad infantil mundial reveló que los EE.UU. tiene la tasa de mortalidad infantil en el primer día del infante de todos los países industrializados del mundo.

Salones de Educación Especial para estudiantes con necesidades especiales.

La manifestación más dramática de la nueva epidemia de la enfermedad y la discapacidad crónica infantil en Estados Unidos ha sido la necesidad de crear salones de educación especial en casi todas las escuelas públicas en EE.UU. Los padres que crían niños enfermos y con retraso del desarrollo que han llenado los salones de educación especial no sabemos como cuidaremos de nuestros hijos cuando sean adultos con discapacidades.

Preguntas legítimas.

Muchos padres, profesores y profesionales de la salud están haciendo preguntas legítimas acerca de por qué los niños estadounidenses y puertorriqueños hoy en día reciben cuatro veces más vacunas en la infancia y la niñez que sus abuelos y por qué los niños de otros países no. Se preguntan si el aumento de la vacunación es un co-factor en la alta tasa de mortalidad infantil de nuestra nación y el aumento inexplicado en los trastornos inflamatorios crónicos y problemas de aprendizaje. Más aún, muchos padres de niños con autismo informan que su hijo o hija tuvo reacción adversa a las vacunas y luego de éstas comenzó su retroceso al autismo. Podemos ver ya la admisión de la posible relación de vacunas y autismo siendo aceptada por los manufactureros en el "insert" de la vacuna DTaP:























Lagunas en el conocimiento y la susceptibilidad individual.

En 2012, el Instituto de Medicina (IOM) publicó Efectos Adversos de las Vacunas: Las pruebas y la causalidad y confirmó que hay importantes lagunas en el conocimiento científico sobre los mecanismos biológicos de los daños y muertes por vacunas.

Son pocos los estudios científicamente válidos.

Para ocho vacunas usadas rutinariamente (MMR, DTaP, hepatitis B, hepatitis A, varicela zoster, neumococo, influenza y meningococo), existen muy pocos estudios científicamente válidos publicados en la literatura médica para que un Comité del IOM para determinar si más de 100 problemas graves del cerebro y del sistema inmunológico, como la esclerosis múltiple, artritis, lupus, SIDS, derrame cerebral, autismo y asma, fueron o no fueron causados por las vacunas.

La susceptibilidad individual.

El comité del IOM también confirmó que hay factores de alto riesgo biológicos, genéticos y ambientales conocidos y desconocidos que pueden aumentar "la susceptibilidad individual" para reacciones a las vacunas:
"Tanto la investigación epidemiológica y la investigación mecanicista sugieren que la mayoría de los individuos que experimentan una reacción adversa a las vacunas tienen una susceptibilidad preexistente. Estas predisposiciones pueden existir por un número de razones - las variantes genéticas en el ADN humano (o microbioma), exposiciones ambientales, enfermedad o la etapa de desarrollo, por nombrar sólo unos pocos, todos los cuales pueden interactuar.

Algunas de estas reacciones adversas son específicas a unas vacunas en particular, mientras que otros pueden no serlo. Algunas de estas predisposiciones pueden ser detectables antes de la administración de la vacuna; otras, por lo menos con la tecnología y práctica actual, no lo son."
- Instituto de Medicina (2012)

Un informe del 2013 del Instituto de Medicina (IOM) que examinó la seguridad del calendario de vacunación infantil reafirmó que hay importantes lagunas en el conocimiento científico acerca de la seguridad de las vacunas. Un comité del IOM sólo pudo encontrar menos de 40 estudios científicos publicados en la década anterior, dirigidos a la seguridad del bebé por el gobierno federal y el calendario de vacunas recomendadas en la primera infancia.

Subpoblaciones de niños susceptibles.

El Comité IOM encontró escasos conocimientos científicos sobre las subpoblaciones de los niños, que pueden estar biológicamente en mayor riesgo de sufrir lesiones por vacuna y muerte.

"El comité encontró que la evidencia para evaluar los resultados de las subpoblaciones de niños, que pueden ser potencialmente susceptibles a reacciones adversas a las vacunas (como los niños con antecedentes familiares de enfermedades autoinmunes o alergias o niños nacidos prematuramente), se limita y se caracteriza por la incertidumbre sobre la definición de las poblaciones de "interés" y la definición de los riesgos o resultados."
- Instituto de Medicina (2013)


Las vacunas pueden fallar en proteger

Las vacunas pueden proporcionar inmunidad temporal, pero a veces no proporcionan a los individuos ni siquiera protección a corto plazo contra la infección. Las vacunas contra la tos ferina y la gripe son dos ejemplos. Adultos y niños completamente vacunados pueden infectarse y transmitir la tos ferina y el flu a otras personas. En 2013, el CDC declaró que "las enfermedades prevenibles mediante vacunación siguen siendo transmitidas a pesar de los altos niveles de vacunación a nivel nacional y estatal."

La inmunidad colectiva ("herd immunity"): Adquirida naturalmente y por vacunas.

La experiencia con la infección natural proporciona una inmunidad diferente y que dura más por lo general que la inmunidad adquirida artificialmente a partir de la vacunación. Dependiendo de la enfermedad infecciosa, una combinación de inmunidad adquirida naturalmente y por la vacuna contribuye a la inmunidad colectiva (comunitaria) en las poblaciones.

"La inmunidad colectiva, o inmunidad de la comunidad, es una situación en la que, a través de la vacunación o enfermedad previa, una proporción suficiente de una población es inmune a una enfermedad infecciosa, haciendo la propagación de persona a persona poco probable."
- Centros de Control de Enfermedades (2013)

Vacuna de Pertussis (tos ferina).

Funcionarios del CDC reconocen que los individuos no vacunados no son la causa principal de brotes de tos ferina reportados recientemente: "Si la tos ferina está circulando en la comunidad, todavía hay una posibilidad de que una persona totalmente vacunada puede contraer esta enfermedad muy contagiosa. Cuando usted o su hijo presenta un catarro que incluye una tos prolongada o grave, puede ser la tos ferina".

Según el CDC, la actual vacuna de B. pertussis en vacunas DTaP y Tdap es de 80 a 90 por ciento eficaz, pero la inmunidad adquirida por vacunación desaparece después de dos a cinco años. Además, después de décadas de DPT y el uso generalizado de la vacuna DTaP, los científicos han descubierto que las bacterias de  B. pertussis  han evolucionado para hacer potencialmente menos eficaces las vacunas contra la tos ferina.

La vacunas de la influenza o flu.

Funcionarios del CDC reconocen que las vacunas contra la influenza tienen una eficacia limitada: "Desafortunadamente, algunas personas pueden infectarse con el virus del flu del que la vacuna contra la gripe está diseñada para proteger a pesar de recibir la vacuna. La protección proporcionada por la vacuna contra la gripe puede variar ampliamente, basada en parte en factores de salud y edad de la persona a vacunarse". Según los CDC, se encontró que la efectividad de la vacuna contra la influenza 2012/2013 fluctuaba de 9 a 56 por ciento, con los ancianos recibiendo poca o ninguna protección. A esto debemos añadir que la vacuna de un año usualmente no protege contra el virus de influenza propagado ese año.


Exenciones de vacunación en leyes estatales de Salud Pública

A principios de la década de 1970, los funcionarios de salud pública y los grupos comerciales médicos presionaron a las legislaturas estatales para aprobar leyes en todos los estados que requieren que los niños muestren prueba que habían recibido cuatro o cinco dosis de vacunas DPT y polio y una dosis de la vacuna triple vírica con el fin de asistir a la guardería. Para los mediados de los años 1980, los 50 estados habían incluido disposiciones en las leyes de vacunas para la exención médica; 48 estados incluían exención por creencias religiosas o espirituales; y 22 estados incluían exención por creencias personales, filosóficas o de conciencia. En Puerto Rico sólo existen las exenciones médicas y religiosas. No aplican las personales, filosóficas o de conciencia.

Exenciones médicas.

Hoy en día, la exención médica todavía existe en todos los 50 estados. Sin embargo, desde que la Ley Nacional de Lesiones por Vacunas Infantiles de 1986 se promulgó para proporcionar protección de su responsabilidad a las empresas farmacéuticas y a los médicos, los desarrolladores de política pública de vacunas que abogan por la aplicación estricta de los mandatos de vacunas han reducido significativamente las contraindicaciones médicas para la vacunación. Ahora, muy pocas condiciones médicas califican como una razón "oficial" de un médico para conceder una exención médica para la vacunación de un niño o un adulto.

Exenciones religiosas.

Casi todos los estados continúan permitiendo la exención por motivos religiosos o creencias espirituales, ya sea en una exención de las creencias religiosas por separado o incluidas en una exención por creencia personal. Sin embargo, los grupos de intereses especiales están presionando en las legislaturas estatales para aprobar leyes gravemente restringidas o que eliminen la exención por motivos religiosos, como la exigencia inconstitucional de que los padres deben pertenecer a una iglesia reconocida por el estado que se opone oficialmente a la vacunación.

Exenciones por objeción de conciencia.

En 2013, había 17 estados que prevén una exención de creencias personales, filosóficas o de conciencia a la vacunación. Sin embargo, al igual que con la exención por motivos religiosos, grupos de intereses especiales están presionando en las legislaturas estatales para aprobar leyes que eliminen o bien crean grandes obstáculos para obtener esta exención.



Expanden sanciones por incumplimiento

Desde 1986, la salud pública, el comercio médico y los grupos de presión de las compañías farmacéuticas han instado a las legislaturas estatales a aprobar leyes o reglamentos que requieren que los ciudadanos compren y usen una lista, de rápida expansión, de vacunas recomendadas por el gobierno o sufren sanciones sociales, incluyendo ser excluídos de:

• Asistir a la guardería o cuido: No se ha vacunado, No guardería o cuido.
• Obtener una educación pública de primaria, secundaria, preparatoria o colegios y universidades: No se ha vacunado, No hay escuela.
• Recibir atención médica: No se ha vacunado, No hay atención médica.
• Obtención de seguro de salud, incluyendo a través de Medicare
y Medicaid: No se ha vacunado, No hay seguro de salud.
• La obtención de un visado para entrar y vivir en EE.UU.: No se ha vacunado,
No hay visado.
• Ser empleado en el cuidado de la salud, cuidado de niños, la enseñanza u otras profesiones en que se relacionan con el público: No vacunas, No trabajo.
• Participar en otras actividades en un entorno público.

Contraindicaciones médicas limitadas.

El estrechamiento gradual de contraindicaciones médicas a la vacunación desde 1986 ha hecho casi imposible para un médico el recomendar el aplazamiento de la vacunación según las normas federales de uso de las vacunas. Directrices de contraindicaciones médicas restrictivas descalifican a muchos individuos con desordenes autoinmunes, trastornos neurológicos e inmunosupresores o cuya salud se deterioró después de las vacunaciones anteriores - incluso aquellos que presentan síntomas clásicos de reacción de la vacuna seguido de una lesión permanente - de obtener una exención médica de vacunación de un médico.

Sin excepciones.

Algunos defensores de vacunación obligatoria quieren restringir aún más exenciones médicas a la vacunación de modo que incluso un menor número de niños y adultos "oficialmente" califican para la exención médica de vacunación.

Muchos pediatras hoy no atienden a los niños cuyos padres no están de acuerdo con
darles todas las vacunas recomendadas por el gobierno, incluso si se han producido síntomas de reacciones graves y deterioro de la salud después de vacunaciones previas.


Los riesgos por vacunas se reparten de forma desigual en los EE.UU.

La vida de un niño o un adulto perjudicado por una vacuna es tan importante como la vida de un niño o un adulto dañado por una enfermedad infecciosa.

La aplicación inflexible para todos de mandatos de vacunación "one-size-fits-all" impone una carga desproporcionada y desigual del riesgo en aquellos individuos, que están biológicamente, genéticamente o ambientalmente en mayor riesgo de sufrir un daño por la vacunación. Hay una repartición desigual de los riesgos por vacunación en Estados Unidos debido a:

importantes lagunas en el conocimiento e investigación científica de seguridad de las vacunas incompleta;
la incapacidad de los médicos para predecir de antemano con certeza si los niños y los adultos se lesionarán o morirán a causa de la vacunación.

No es humano o justo el obligar a todos a utilizar un producto farmacéutico que conlleva un mayor riesgo de lesiones o muerte para las personas más vulnerables a sufrir daños por el uso de ese producto.

"El principio ético de consentimiento informado para la toma de riesgos médicos está protegido en las leyes de vacunación que incluyen excepciones por creencia médica, religiosa y de conciencia flexibles para garantizar que los derechos humanos, civiles o parentales no son violados."

Es necesario reformar las leyes de vacunación estatales

"El Congreso no hará ninguna ley respecto al establecimiento de religión, o prohibiendo el ejercicio libre de la misma; o que coarte la libertad de expresión o de prensa; o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para peticionar al gobierno de la reparación de agravios."
- Primera Enmienda, Constitución de los EE.UU.

Las exenciones religiosas y de conciencia.

Todas las leyes de salud pública del estado, de educación, de trabajo y de atención médica que requieren que los niños o adultos usen vacunas recomendadas por el gobierno federal deben incluir exenciones por creencias religiosas y de conciencia.

A los ciudadanos estadounidenses se les garantiza la libertad de seguir su conciencia y ejercer sus creencias religiosas en los Estados Unidos. Las leyes estatales de vacunas que requieren a los adultos o padres pertenecer a una iglesia reconocida por el estado o a una religión organizada para poder solicitar y recibir una exención religiosa a la vacunación son inconstitucionales y niegan las personas que se adhieren a las creencias espirituales personales igual protección ante la ley.

No sanciones.

Los ciudadanos que presenten excepciones de creencias médicas, religiosas o de conciencia no deben ser interrogados o sancionados por funcionarios del gobierno. Los funcionarios de salud pública estatal, cuidos y escuelas, empleadores públicos y privados y proveedores de servicios médicos y de atención a largo plazo deben ser obligados por ley a aceptar una exención médica, por creencia religiosa o de conciencia presentada por los padres en nombre de sus hijos menores de edad o un adulto que busca educación, empleo, atención médica o a largo plazo y otras actividades que aseguran su calidad de vida.

Cláusulas de no discriminación.

La Constitución de EE.UU. garantiza las libertades civiles individuales y la protección de las minorías vulnerables a la explotación por una mayoría poderosa. El lenguaje no-discriminatorio, que protege a los ciudadanos que ejercen exenciones por creencias médicas, religiosas y de conciencia a la vacunación, debe ser codificado e incluido en todos los estatutos de políticas de salud pública emergencia, y políticas de salud, educación, trabajo, empleo y las políticas de atención médica o de largo plazo que recomiendan o requieren que los niños o adultos sean vacunados.

Protecciones legales para proveedores de vacunas.

Los médicos o el personal de salud del Estado que administran vacunas deben tener el derecho legal de negarse a administrar una vacuna a un niño menor de edad o un adulto si, a su juicio profesional, los beneficios no compensan los riesgos para una persona y hay un mayor riesgo de lesión o muerte por la vacunación.

La Alianza de Autismo de PR y el Centro Nacional de Información sobre Vacunas apoya la reforma de las leyes estatales de vacunas para incluir las siguientes protecciones de consentimiento informado y seguridad:

Disposiciones Federales de Seguridad de Vacunación codificadas en la ley del Estado.

Las disposiciones de seguridad de vacunación de informar, documentar y reportar de la Ley Nacional de Lesiones por Vacunas Infantiles de 1986 no están siendo universalmente implementadas por los pediatras y otros proveedores de vacunas. Las compañías farmacéuticas, médicos y todos los proveedores de vacunas están protegidos de responsabilidad civil por lesiones y muertes por vacunas. Esto aumenta la necesidad de los estados de realizar esfuerzos especiales para proporcionar información importante acerca de los riesgos asociados a las enfermedades infecciosas y vacunas y reducir al mínimo la posibilidad de que se produzcan lesiones o muerte por vacunación.

Apoyamos incluir las siguientes disposiciones federales de informar, documentar y reportar en las leyes de salud pública estatales que requieran que los niños o adultos reciban vacunas recomendadas por el gobierno federal y mandadas por el estatal:

            Proveer a los padres y adultos que van a recibir vacunas información escrita sobre los     beneficios y riesgos de éstas antes de la administración de las vacunas;
            Mantener un registro escrito permanente de nombres de fabricantes de vacunas y los     números de lote para cada vacuna administrada;
            Documentar problemas de salud graves que ocurran después de la vacunación en el       expediente médico permanente;
            Informar o reportar problemas de salud graves, incluyendo hospitalizaciones, lesiones y            muertes, que se produzcan después de la vacunación al Sistema Federal de Información de        Efectos Adversos de Vacunas (VAERS). El notificar efectos adversos de vacunas a los             fabricantes de vacunas no es un sustituto para informar a VAERS.

También apoyamos la inclusión de sanciones económicas o no económicas en caso de incumplimiento de estas disposiciones de seguridad de la vacunación.

Excepciones médicas flexibles.

Las exenciones médicas a la vacunación ayudan a proteger a los niños y adultos con susceptibilidad individual de sufrir daño por la vacunación por motivos biológicos, genéticos y ambientales, algunos de los cuales son conocidos y algunos de los cuales siguen siendo desconocidos. Un médico licenciado o profesional de la salud designado por el estado para la administración de vacunas debe ser libre de ejercer el juicio profesional y de conciencia y tener el derecho legal de conceder una exención médica para la vacunación, ya sea o no que las razones para conceder la exención médica se ajusten estrictamente con las directrices federales de contraindicación.

Protección de exenciones médicas.

Los médicos y otros trabajadores de salud del estado que administran vacunas, que escriben exenciones médicas a la vacunación, no deben ser cuestionados o sancionados por funcionarios gubernamentales o por juntas que conceden licencias por conceder exenciones médicas. Funcionarios de salud pública del estado, cuidos y escuelas, empleadores públicos y privados, y proveedores de servicios médicos y de cuidado a largo plazo deberían estar obligados por ley a aceptar una exención médica escrita por un médico con licencia o un trabajador de atención de salud del estado designado y presentada por los padres en nombre de un hijo menor o presentada por un adulto que busca educación, empleo, atención médica o cuidado a largo plazo y otras actividades que aseguran su calidad de vida.

Existen protocolos de vacunación pausada

Desde hace años, la Alianza de Autismo de PR orienta a los padres sobre sus derechos y sobre la existencia de protocolos de vacunación más pausados que pudieran evitar regresiones o daños en otros miembros de su familia, si ya tienen un hijo con autismo y/o afectado por vacunas. Para mas detalles, vea el artículo Pautas de Vacunación de la Info-Guía de la Alianza de Autismo de PR.


ACUDIMOS A USTEDES PARA VELAR POR LOS DERECHOS DE NUESTROS HIJOS Y DE LOS SUYOS TAMBIÉN...PORQUE EL DAÑO POR VACUNACIÓN LE PUEDE TOCAR A CUALQUIERA.
Esperamos que nuestra ponencia sea tomada con seria consideración y detengan éste proyecto.

Sinceramente,

Joyce M. Dávila
Directora Ejecutiva



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ADAPTADO DE FOLLETO DE NVIC.ORG




PONENCIA HECHA POR:


Joyce M. Dávila Paz, CDD-IT
Directora Ejecutiva
Alianza de Autismo de PR


25 de junio de 2016